Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos YANINA DEL MILAGRO TORRES DIAZ y LUIS GILBERTO CARDOZO CAMARGO, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 7.928.146 y V-5.145.610, respectivamente; en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 18 de noviembre de 2007 por ante la el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (Hoy Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas), según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 110 del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicho Tribunal.
Expídanse copias certifi.....