DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano PEDRO JOSE VELASQUEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad No. V- 2.250.439, contra VIALIDAD BALCHIC, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el No. 49, Tomo 11- A-Pro, de fecha 29 de julio de 1994 y AUTO RENEL C.A., debidamente inscrita por ante el citado Registro Mercantil, bajo el Nº 43, Tomo 26-A-Pro de fecha 09 de febrero de 1993. Se ordena a la parte demandada: PRIMERO: Cancelar la cantidad de OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON 42/100 CENTIMOS (Bs. 8.860.692,42), por concepto de Prestaciones Sociales. SEGUNDO: Para el cálculo de los intereses de las prestaciones sociales e intereses moratorios cuyo pago se ordeno, estos se determinaran a través de una experticia complementaria del fallo en los términos expuesto en la parte motiva .....