Declarar Con Lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR PRESCRIPCIÓN DE LA CAUSA, a la adolescente SE OMITE IDENTIFICACION, por el delito de Lesiones Personales de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el ordinal 3° del artículo 318 y 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, este aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 615 Ejusdem,
E igualmente en virtud de la decisión antes señalada, no se requiere fijar una audiencia previa a la presente decisión, con la finalidad de que se debatiera la solicitud fiscal, tal como lo establece el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual se aplica por remisión supletoria del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Regístrese, publ.....