En este estado, este Juzgador, con vista al acuerdo celebrado por las partes en el día de hoy, en lo que respecta al cumplimiento de la mencionada sentencia proferida por este Juzgador, le imparte la correspondiente homologación, dándole efecto de cosa juzgada. Asimismo, este Juzgador deja constancia que por cuanto no consta en los autos la cancelación de los emolumentos del experto que realizo la experticia complementaria ordenada en el referido fallo, ciudadana TERESITA VIETRI, los cuales fueron fijados por este Juzgador, por el monto de MIL SETENTA BOLÍVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs.1.070,00), en consecuencia, se insta a la parte demandada, para que cancele dichos emolumentos a la brevedad posible. Así mismo, una vez que conste en los autos, la cancelación de los mencionados emolumentos, este Juzgador, ordenara el cierre y el archivo del presente expediente. Así se establece.
El Juez.
Abg. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
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