Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero De Primera Instancia En Funciones De Control, Audiencia Y Medidas Con Competencia En Delitos De Violencia Contra La Mujer Del Circuito Judicial Del Área Metropolitana De Caracas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA,al Ciudadano JORGE ALFREDO ARIZA CERVANTES, titular de la cedula de identidad V- 20.593.725 de nacionalidad Venezolana, natural de caracas, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en: ojo de agua la pedrera sector la esmeralda, casa s/N, teléfono: 0426-117.74.50, por haberse extinguido la acción penal en virtud del cumplimiento de las obligaciones y del plazo de Suspensión Condicional del Proceso, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 46°, en relación con el 49 Numeral 7° y 300 Numeral 3° Todos del Código orgánico Procesal Penal......