DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada incoada por el ciudadano GREY ALEXANDER OVALLES MOLINAS, contra la entidad de trabajo CHOCOLATES SAINT. MORITZ; SEGUNDO: Se ordena a la entidad de trabajo CHOCOLATES SAINT. MORITZ a cancelar los conceptos condenados en la parte motiva del presente fallo; TERCERO: No hay condenatoria en costa, vista la naturaleza del fallo.