SEGUNDO
Vista y analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, así como la transacción celebrada el día 14 de agosto de 2008, entre el apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano Reinaldo Di Fino Tahhan, antes identificado, y el ciudadano Javier Agusti Pozuelos, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.313; parte actora en el presente juicio y como quiera que no existe presunción alguna que la transacción que nos ocupa lesione o menoscabe de manera directa o indirecta derechos de terceros, ni de las partes que intervienen en este juicio, ni es contraria al orden público, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN, teniéndosele como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena el archivo del presente e.....