Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación de la parte actora. SEGUNDO: Sin lugar la demanda interpuesta por ERIC GERARDO CEDEÑO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 9.956.817, por reclamación de prestaciones sociales y otros derechos derivados de la prestación de servicios, contra BOC GASES DE VENEZUELA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 26 de marzo de 1947, bajo el N° 394, tomo 2-B, y actualmente inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 23 de junio de 2000, bajo el N° 12, tomo 38-A-Cto.; COMPAÑÍA H.....