En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de inspección judicial presentada por la ciudadana Erika Chumaceiro, portadora de la cédula de identidad No. V.- 11.679.928 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 96.641.