este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ha decidido DECLARAR aceptada la herencia bajo beneficio de inventario a favor de los ciudadanos MARIANA QUINTERO MOGOLLON, ROSA DOMINGA FIGUEROA MARTINEZ, HERNAN RAFAEL QUINTERO FIGUEROA, TEIRA ALEJANDRA QUINTERO MOGOLLON y JUAN JOSE QUINTERO MOGOLLON, sobre los bienes antes señalados dejados por el causante, ciudadano JUAN EVANGELISTA QUINTERO, quien en vida era venezolano, y titular de la cédula de identidad Nº 1.571.513. Y así se declara.