Vista la diligencia de fecha veinte (20) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), suscrita por la ciudadana ERICA DINORA CARRILLO DUQUE, cedula de identidad nº V-13.802.428, en su carácter de parte actora, debidamente asistida por el abogado en ejercicio PEDRO DELGADO inscrito en el inpreabogado bajo el numero 172.001, mediante la cual expone: "...DESISTO DEL PROCEDIMIENTO Y LA ACCIÓN", en consecuencia, este Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento y da por terminado el presente asunto, asimismo ordena el cierre informático y archivo definitivo del mismo.