Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado QUINTO Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 16 de julio de 2007, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de prescripción de la acción, opuesta por la parte demandada ciudadano JESÚS RIGUEIRA GÓMEZ y la sociedad mercantil ESTACION DE SERVICIO SAN FRANCISCO C.A., ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. TERCERO: SIN LUGAR la demanda por Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales, incoada por los ciudadanos MOISÉS COHEN y ARNALDO GRATEROL contra el ciudadano JESÚS RIGUEIRA GÓMEZ y la sociedad mercantil ESTACION DE SERVICIO SAN FRANCISCO C. A., .....