este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo, de la manera siguiente: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por JOSE GREGORIO VASQUEZ CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 9. 485.401, en contra de la empresa SUPRA CARACAS. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.