Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA CONSULTA OBLIGATORIA planteada por el Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Primero: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS URBANAS (INTU), antes identificado, contra Providencia Administrativa N° 165-2014 de fecha 10 de marzo de 2014 emanada de la Inspectoría del Trabajo este en el Área Metropolitana de Caracas, en el expediente administrativo signado con la nomenclatura N° 027-2013-01-00286. TERCERO: No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del presente fallo.
Se ordena la notificación de la presente decisión a la Proc.....