- III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por acción de Desalojo de Vivienda, intentó el ciudadano FRANCISCO DE PAULA ADOLFO PEREZ GUTIERREZ, en contra de la ciudadana EMMA ROSAS DE ORTEGA, ya identificados en esta sentencia, decide así:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la ilegitimidad de la persona citada como representante del demandado.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, la cuestión previa contenida en el ordinal 8° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente al defecto de forma del escrito libelar.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordin.....