Este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE LA SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRESCRIPCION de la sanción de las Medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta que le fuere impuesta al sancionado joven adulto: IDENTIDAD OMITIDA, 18 años de edad, Natural de Caracas, fecha de nacimiento 16-05-1989, estado civil soltero, hijo de Josefina Hernández (v) y de padre desconocido, residenciado en la Barrio el Estanque, Sector Redoma de Piedra, Casa S/Nº, por el lapso seis (06) meses de forma consecutiva, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto en el artículo 456 del Código Penal, conforme a lo contemplado en el artículo 616 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y tal efecto se acuerda la LIBERTAD PLENA, según lo previsto en el artículo 6.....