Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre de la adolescente XXXX, signada con el No. 1264, de fecha veinte y seis (26) de julio de mil novecientos noventa y tres (1993), la cual se encuentra asentada en la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador, y omitieron el mes de nacimiento de la adolescente, asimismo, colocaron el año de nacimiento de la misma de manera incorrecta "VEINTE Y CUATRO DEL AÑO NOVENTA Y OCHO" siendo lo correcto: "VEINTE Y CUATRO DE AGOSTO DEL AÑO NOVENTA Y UNO". Asimismo se ordena oficiar al Registrador Principal del Distrito Capital y a la Jefatura Civil de .....