DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por por el ciudadano JOSE RAMON ESCALONA MONTILLA contra la entidad de trabajo JELF MANAGEMENT FACILITES CA y solidariamente de forma personal al ciudadano JESUS EDUARDO LOPEZ FUENMAYOR. SEGUNDO: Se ordena a la entidad de trabajo demanda a cancelar los conceptos determinados en la motiva del fallo; TERCERO: No hay condenatoria en costa vista la naturaleza del fallo. Se deja constancia que la publicación in extenso del presente fallo se hará de conformidad con lo establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.