Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE el alegato formulado por los Abogados CARMINE ROMANIELLO y MABEL CERMEÑO, en su carácter de apoderados de la parte accionante, referido al decaimiento del interés de manera sobrevenida. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de opción de compra venta incoada por los ciudadanos ALBERTO JOSÉ TANG FRONTADO y MARILYN O’CALLAGHAN DE TANG contra los ciudadanos BEATRIZ MARTÍNEZ PACHECO, RORAIMA QUIJADA MARTÍNEZ, ISABEL TERESA QUIJADA MARTÍNEZ, MARIA VIRGINIA QUIJADA MARTÍNEZ y PABLO JOSÉ QUIJADA MARTÍNEZ, ambas partes plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo, en consecuencia, i) Se condena a la parte demandada BEATRIZ MARTÍNEZ PACHECO, RORAIMA QUIJADA MA.....