Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana ESMIRA JOSEFINA COLÓN PALACIOS, asistida por los abogados EGDY GISELA WEFER y JONATHAN ADRIÁN MARÍNEZ WEFER, contra la sentencia dictada el 12 de marzo del 2010 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en el juicio que por desalojo sigue el ciudadano DANIEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ contra la ciudadana ESMIRA JOSEFINA COLÓN PALACIOS, expediente signado bajo el número AP11-R-2010-000065 de la nomenclatura de dicho juzgado.
No hay especial condenatoria en costas, por considerarse que la presente acción no es temeraria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décim.....