De este modo y con fundamento al dispositivo procesal supra citado, se observa al inserto de las actas que conforman el expediente tal y como arribó a esta Superioridad, que en fecha 23 de octubre de 2023 a las 9:00am, día y hora en que habría de celebrarse la audiencia preliminar en el que las partes presentarían ante la Jurisdicción Laboral sus respectivas posturas de hecho y de derecho a los fines de mediar la controversia, y como presupuesto para la instrucción y consumación de la causa judicial, las demandadas ÓPTICA KEY C.A. y solidariamente los ciudadano s KEIBER JAVIER TORRES ALVAREZ y MAIKER JAVIER ALVAREZ SAAVEDRA, NO COMPARECIERON A LA AUDIENCIA ni por si mismos ni por apoderado judicial alguno; de modo el Juez hoy recurrido levanto el acta correspondiente y dentro del lapso procesal del ley paso sentencia con autoridad de cosa juzgada formal.
Ahora bien, el presente alzamiento contra la sentencia que hoy se disciplina aparece como una actividad de parte que muestra su cl.....