DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos LILIANA CAROLINA TORRES PUJOL y JOSÉ GREGORIO AGÜERO ESCALONA, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.370.487 y V-12.024.387 respectivamente, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en fecha 19 de febrero de 2009, por ante el Registro Civil del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, según consta de acta de matrimonio Nº 26 del libro de matrimonios correspondiente al año 2009.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondiente.....