Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada RUTH SALAZAR, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 14 de octubre de 2016, dictada por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto (44º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito.; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ALBARRAN VALENTINA, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 14 de octubre de 2016, dictada por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto (44º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito. TERCERO: Se Confirma el fallo apelado. No habiendo condenatori.....