-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos SAMUEL BENZAQUEN LEVY y ANA MAGDALENA SUÑE DE BENZAQUEN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números , venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-6.307.966 y V-5.534.533, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 21 de Enero de 1985, por ante el Tribunal Décimo 10° de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el número 147, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1985,.....