Este Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento ejercido por el ciudadano LINDBERGH CABALLERO CUNEMO, titular de la cédula de identidad N° V- 10.782.444. SEGUNDO: CONTINUA la presente causa con los ciudadanos ADRIAN ARTURO AVILAN ZOZAYA, JOSÉ LUIS MORALES PRIETO, ALÍ ANTONIO GUEVARA CARREÑO, WILBO WILTON MELENDEZ, LUIS ENRIQUE COLOMBO y FRANCISCO LEONARDO PATIÑO HENRIQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V- 13.463.282; N° V- 13.245.218; V-13.459.393; N° V-9.418.460; V- 12.248.541 y V- 16.204.591, respectivamente. TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo aquí dictado.