Este Tribunal acoge la precalificación dada por la representación fiscal por el delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN Y OCULTAMIENTO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, la cual pudiera cambiarse a la conclusión de las investigaciones que adelante el Ministerio Público, en virtud que consta en acta la presunta incautación de elementos de interés criminalístico, como es la cantidad de un mil ciento ocho (1108) envoltorios de presunta droga y una gran cantidad de artefactos electrodomésticos, todos los cuales se detallaron en las actas cursantes al expediente. SEGUNDO: Se acuerda la continuación de la presente causa por la vía del procedimiento ordinario, por cuanto faltan diligencias que practicar, para el total esclarecimiento de los hechos hoy investigados y demostrar la participación o no del adolescente en los mismos, de conformida.....