En razón de los argumentos de hecho y razonamientos de derecho precedentemente desarrollados, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO CON LUGAR, la ACCION MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO interpuesta por la ciudadana CLEMENCIA DEL VALLE ORTIZ CARABALLO.
SEGUNDO: Declara que la ciudadana CLEMENCIA DEL VALLE ORTIZ CARABALLO , mantuvo una unión de hecho concubinaria con el ciudadano EDUARDO JOSÉ UGUETO, la cual comenzó a partir del año 1.988, hasta el año 2003, fecha esta última en la cual dejó de existir el mencionado ciudadano.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación a las partes del presente fallo.
CUARTO: Por la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en cost.....