En relación a la solicitud de rectificación del Acta de Defunción de la ciudadana ROSA MARIA RENDINA DE MAROLDA, y analizadas como fueron las pruebas presentadas por parte de la solicitante, esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en auto; En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Rectificación del Acta de Defunción inserta en el libro de Registro Civil de Defunciones, llevado por ante el Registro Civil, Municipio El Hatillo del Estado Miranda, Acta de Defunción N°. 65. Año 2003. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido un error material en la transcripción la dirección de habitación de la de cujus ROSA MARIA RENDINA DE MAROLDA, en la referida Acta de Defunción, en consecuencia, donde se lee "domiciliado (a) en la misma dirección donde fall.....