EJECUCIÓN FORZOSA/En el día de hoy 23/02/2015 se dictó RESOLUCIÓN mediante la cual este Tribunal dictó MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO EJECUTIVO SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES que le correspondan y tenga acumuladas hasta la actualidad el ciudadano WILFREDO RAMON MOSCAN VIAN, antes identificado, devengadas por concepto de su relación laboral con el Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, sede Los Cortijos, por el monto de Bs. 18.259,09; así mismo se ordenó el embargo preventivo de treinta y seis (36) mensualidades a razón de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) cada una de las prestaciones sociales del obligado, a fin de asegurar el cumplimiento futuro de la de obligación de manutención a favor de su hijo; debiendo depositar, en consecuencia, TREINTA Y SEIS MIL BOLÍVARES (BS. 36.000,00) en la cuenta N° 0134-0796-72-796-200-37-15 a nombre de la progenitora, ciudadana ISBEL ALEJANDRA BENITEZ RANGEL.-