PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita en fecha siete (07) de febrero de 2024, por el abogado en ejercicio RICARDO ARTURO NAVARRO URBAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 21.085, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora-reconvenida, sociedad mercantil VOR SERVICIOS AEROPORTUARIOS, C.A., y el abogado MARIO ANDRÉS BRANDO MAYORCA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 119.059, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada-reconviniente, sociedad mercantil PROMOTORA G&D, C.A. (antes CEREALES VENEZOLANOS CEVENCA, C.A.).
SEGUNDO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión vía electrónica, de acuerdo con la sentencia Nro. 000386, del 12 de agosto de 2022, Exp.: Nº AA20-C-2021-000213, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, referente a la práctica de la notificación a través de medios telemáticos, informáticos y de comunicación (TIC) disponibles.-