Por lo que esta Sala de Juicio Nº XIV, del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la siguiente Medida Preventiva:
1. Se decreta Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda , distinguido con las letras P.H., ubicado en el Pent House, del Edificio denominado "Residencias Villa Carmine" el cual está situado en la tercera etapa de la Urbanización Palo Verde, Filas de Mariche, antigua carretara Petare-Santa Lucía, jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: espacio vacío hacia la fachada norte. SUR: espacio vacío hacia la fachada sur. ESTE: espacio vacío hacia la fachada este. OESTE: espacio vacío hacia la fachada oeste.- Dicho inmueble pertenece al ciudadano JLGS, ve.....