(...)Por los razonamientos antes expuestos; este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: IMPROCEDENTE la impugnación interpuesta por la representación judicial de la parte actora contra la experticia complementaria de fallo realizada por el Licenciado José Rafael herrera. SEGUNDO: Se MODIFICA la experticia complementaria de fallo. TERCERO: se condena a la sociedad mercantil EDITORA EL NACIONAL, C.A a cancelar al ciudadano JESUS BOLIVAR ESPINEL, la cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON 31/100 (Bs. 8.738,31)(...)