REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés de mayo de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO : AP21-L-2013-003811
AUTO
Visto el escrito de pruebas (folios 23 al 26 inclusive), presentado por el abogado en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Respecto a la prueba Documentales, se deja constancia que las pruebas aludidas en el mismo rielan a los folios 21 al 26 inclusive, se admiten quedando a salvo su apreciación o no en la sentencia del mérito.-
El Juez
El Secretario
Abg. Adrián Meneses
Abg. Jimmy Pérez