DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Tercero (23°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NIEGA la HOMOLOGACION del acuerdo celebrado por las partes en fecha 13-04-2017, en la presente causa, y por consiguiente declara su NULIDAD ABSOLUTA por inconstitucional e ilegal, en los términos precedentemente señalados. Así se establece.
SEGUNDO: notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Vigésimo Tercero (23°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, los veintitrés (23) días del mes de Mayo de dos mil dieciocho (2018). Año 206º de la Independencia y 157º de la Federación. PUB.....