UNICO: INADMISIBLE la presente demanda que por COBRO DE BOLÍVARES sigue la Junta de Condominio Residencias Mansión Arenas en contra de la sociedad mercantil Inversiones Owl C.A, inscrita ante el registro mercantil Primero, el 23 de marzo de 1987, bajo el N° 65, tomo 67-A .
Notifíquese mediante boleta de esta decisión por haberse dictado la misma fuera del lapso previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil y luego de que conste autos la práctica de la última de las notificaciones acordadas comenzará a transcurrir el lapso para ejercer los recursos correspondientes. Líbrense boletas.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.