En merito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo Del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MERCEDES ELENA RANGEL CABRERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 11.288, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano GUSTAVO ENRIQUE OMAÑA RANGEL, titular de la cédula de identidad No V.-6.911.104, contra la decisión dictada en fecha siete (07) de mayo de 2014, por la Jueza del Tribunal Tercero (3°) de Juicio de Primera Instancia de este Circuito Judicial, en el asunto principal signado con el número AP51-V-2012-022967, a través de la cual negó la Medida de Arraigo y Prohibición de Salida del País solicitada por la a.....