En consecuencia, este Tribunal por los motivos antes señalados, decreta medida preventiva de embargo sobre bienes muebles propiedad de las ciudadanas Belkis Reina Ramírez González, titular de la cédula de identidad N° V-12.482.213 y de la ciudadana, Yubeidys Tibisay Velásquez Barrios, titular de la cédula de identidad número V-12.482.316, así como de la sociedad mercantil Multy Moto Speed, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 8 de marzo de 2016, bajo el N° 19, Tomo 37-A, hasta cubrir la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs.1.729.679,78), que comprende el doble de la cantidad demandada de OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 864.839,89), más la cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE BOLÍVARES CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 172.967,97), correspon.....