En virtud de las anteriores consideraciones, este Despacho Judicial, a cargo del Juez Unipersonal XIV de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; y con fundamento en el artículo 26, 50 y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela concatenados con los artículos 39 y 392 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de AUTORIZACIÓN DE VIAJAR FUERA DEL PAÍS presentada por JULIA LÓPEZ VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.255.252, debidamente asistida por la Abogada NADEHEZTKA PONCE, en su carácter de Defensora Pública Tercera (3°) Suplente para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas,.....