Este Tribunal observa que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se HOMOLOGA EL ACUERDO en los términos expuestos dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman: