Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara: PRIMERO.- INADMISIBLE la demanda que por nulidad de venta y liquidación de la sociedad mercantil en comandita simple "Moisés José Sabal Machado y CIA" interpuso JUAN CARLOS SABAL SUÁREZ contra FREDDY SABAL JARA. SEGUNDO.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por JUAN CARLOS SABAL SUÁREZ. TERCERO.- Queda REVOCADA la apelada.
En virtud de la declaratoria de inadmisibilidad que precede, se hace innecesario pronunciarse sobre el mérito de la controversia. Así también se deja determinado.
No hay especial condenatoria en costas, dado el carácter de esta sentencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en .....