Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara.
PRIMERO: EXTEMPORANEA por anticipada la cuestión previa contenida en el ordinal 2° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por el abogado MAURIZIO ROGER CIRROTTOLA RUSSO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada;
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO interpuesta por la ciudadana NELLY MARIA SCIACCHITANO CARUSO, en su carácter de Tutora Provisional de la ciudadana SALVATRICE CARUSO viuda SCHIACCHITANO, en contra del ciudadano ARMANDO MICHELANGELI ASAPCHI, ambas partes plenamente identificadas ab-initio.
Dada la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Regístrese y publíquese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigési.....