En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra el auto del Juzgado 6° de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 29 de noviembre de 2006, todo en el juicio incoado por el ciudadano Eduardo Rafael Marenco De La Rosa contra la empresa Brufergi Bemz S.R.L, y los ciudadanos Giovanni Perrota y Luís Ángel Camba, en forma personal Segundo: Se confirma el auto recurrido, con la motiva expuesta en esta decisión. Tercero: No hay condenatoria en costas, conforme a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.