Este Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 34 ordinal "A" decreto con rango y fuerza de ley de arrendamientos inmobiliarios, vigente para el momento de la sustanciación de la presente causa, y articulos 12 y 254 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue ADMINISTRADORA MASAY C.A., contra el ciudadano ULISES MONTILVA ROA, plenamente identificados.
Se condena a la parte actora en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil .-