CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el abogado ANDRES ELOY NUÑEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en contra de la sentencia de fecha seis (06) de noviembre de 2009 dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana IVONE DEL PILAR MARTINEZ GUAPULEMA, en contra de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCION SOCIAL, conforme al Decreto 6.732 de fecha 02 de junio de 2009. Se condena a la parte demandada al pago de los siguientes conceptos: salarios caídos desde el 10 de abril de 2008 hasta la interposición de la presente demanda, es decir, el 09 de marzo de 2009; Prestación de antigüedad y sus intereses tomado en consideración el tiempo que duro la relación laboral desde el 06 de marzo de 2007 hasta el 10 de abril de 2008; vacaciones y bono vacacio.....