Por cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el aspecto del escrito de contestación relativo a la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto, toda vez que el mismo cumple con los requisitos de impugnabilidad objetiva, legitimación, agravio, oportunidad y fundamentación a que se contraen los artículos 432, 433, 435, 436 y 453 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por disposición del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y artículos 546 y 609, Ejusdem. SEGUNDO: admite a trámite tanto el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público 4º de Adolescentes, como el escrito de contestación presentado por la Fiscal 115 del Ministerio Público. Se fija para el 8° día h.....