Este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulado por los ciudadanos ARGENIS RAMÒN ARIAS e IRAIDA MAYANIN BONILLA DE ARIAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-6.183.343 y V-10.349.872, respectivamente, asistidos por el abogado HAROLD VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 54.497, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 09 de OCTUBRE de 1986, ante el Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 248 y su vto, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1986.