Razón por la cual, de conformidad con el artículo 61 eiusdem, declara la litispendencia, quedando extinguida la presente causa interpuesta por el ciudadano CHARLY JOSE BERMUDEZ NUNEZ, identificado con la cédula de identidad No. 17.187.326, contra la empresa Ganadería Los Proceres R &A. C.A., por el mismo tiempo de servicio. quien seguirá su procedimiento en el expediente Nº AP21-L-2011-6487; dado que en dicha causa se practico la notificación con anterioridad a éste proceso. Así se establece.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Gobierno Judicial, Regiones Área Metropolitana de Caracas http.....