Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el 25 de mayo del 2011, por el Juzgado Promiscuo Municipal, Santo Tomás-Atlántico, Colombia República de Colombia, que declaró disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos SONIA ISABEL FONTALVO MENDOZA y EDUARDO SEGUNDO BENAVIDES PADILLA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.034.975 Y V-15.169.150, respectivamente.
No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza no contenciosa de esta decisión.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsi.....