Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR la demanda que por fijación de obligación alimentaria, intentara la ciudadana NANCY MIGDALIA ARISTIGUETA, en representación legal de sus hijos, los adolescentes SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de dieciséis (16) y doce (12) años de edad, respectivamente, en contra del ciudadano JORGE DAVID SILVA BETANCOURT. En consecuencia, se fija como OBLIGACION ALIMENTARIA, mensual la cantidad de (0,24) salarios mínimos urbanos, lo que equivale a la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 150.000,oo).