En este orden de consideraciones, y con vista a los avances que dentro del contexto de la mediación, han tenido las partes, las partes acuerdan suspender la causa desde el 25-05-2017 hasta el 06-06-2017, ambas fechas inclusive, a los fines de efectuar los trámites administrativos consiguientes. De tal manera que este Tribunal HOMOLOGA dicha suspensión. Igualmente con el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia para el día 07 de junio de 2017, a las 02:30 p.m., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.